Un hombre pidió asilo en Nueva Zelanda porque en su país, Kiribati, el cambio climático ha sumergido partes del territorio y ha afectado profundamente la economía. Nueva Zelanda se lo negó y lo deportó. El migrante reportó el caso a un organismo de derechos humanos de la ONU

El Comité aclaró que las personas que solicitan el estado de asilo no están obligadas a demostrar que enfrentarían un daño inminente si regresaran a sus países. Los expertos aseguraron que el daño inducido por el cambio climático puede ocurrir tanto a través de eventos repentinos (como tormentas e inundaciones intensas) como a través de procesos más largos (como el aumento del nivel del mar, la salinización y la degradación de la tierra). Ambos tipos de situaciones pueden llevar a las personas a cruzar las fronteras para buscar protección.

En el fallo también se destacó el papel que debe desempeñar la comunidad internacional para ayudar a los países afectados negativamente por el cambio climático.

Los países no pueden deportar a las personas que enfrentan condiciones inducidas por el cambio climático y que violan el derecho a la vida, declaró el Comité de Derechos Humanos de la ONU en una decisión histórica que sentará precedente

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