Las cantidades residuales permisibles de plaguicidas en alimentos, que no causarán enfermedad o desviación en la salud de grupos de la población que utilicen estos alimentos, o que tengan un efecto adverso en las generaciones subsiguientes. El término está adoptado en la URSS y se denota DOK.
Rodríguez Milord D, Castillo P del, Aguilar Garduño C.Glosario de términos en salud ambiental.Mepetec: Centro Panamericano de Ecología Humana y Salud (ECO): 1995. (ECO)